Separación de pareja de hecho: Todo lo que debes saber

Aunque no es un matrimonio, la separación de una pareja de hecho tiene consecuencias legales, patrimoniales y obligaciones respecto a los hijos en común sí los hay. Quizás creas que separarte de tu pareja de hecho no implica realizar trámites, pero no es así en muchos casos. Por ejemplo, en Cataluña, una pareja que conviva […]

Autor/a:

Noemí Peña

Publicado:

ÍNDICE

Aunque no es un matrimonio, la separación de una pareja de hecho tiene consecuencias legales, patrimoniales y obligaciones respecto a los hijos en común sí los hay.

Quizás creas que separarte de tu pareja de hecho no implica realizar trámites, pero no es así en muchos casos. Por ejemplo, en Cataluña, una pareja que conviva de forma estable, se considera pareja de hecho aunque no se haya inscrito en el Registro si cumple estos requisitos:

  • Haber convivido más de dos años seguidos
  • Tener hijo/s en común durante esa convivencia
  • Formalizar la relación en escritura pública

Si estás en una separación de pareja de hecho sigue leyendo para tener la información que necesitas.

LO BÁSICO

¿QUÉ ES UNA PAREJA DE HECHO?

Una pareja de hecho es la unión de dos personas de distinto o igual sexo,  que conviven de forma pública y estable, con intereses comunes en desarrollar una vida familiar. No deben estar casados, ni entre ellos ni con terceras personas.

NORMATIVA PARA PAREJAS DE HECHO

No hay una legislación de ámbito nacional que regule las parejas de hecho y tampoco un registro nacional, ni un organismo común que unifique los criterios a seguir por las parejas. 

En España, la mayor parte de las CC.AA. han aprobado leyes que regulan las parejas de hecho: su constitución, derechos y deberes, su separación, etc. Puedes consultar la normativa de Cataluña aquí.

En general solo es necesario que estéis empadronados en la autonomía (al menos uno de los dos) y que podáis probar un tiempo de convivencia estable para poder inscribiros en el Registro de Parejas de Hecho. 

Las regulaciones, no obstante varían según dónde vivas. Como en el caso de Cataluña que hemos citado anteriormente, aunque no te inscribas en el Registro, si tienes hijos con la persona con la que convives de forma estable, es igual que si te hubieras registrado.

Frente a una separación de pareja de hecho, lo mejor es que consultes la normativa que se aplica en tu Comunidad Autónoma.

SOMOS DOS: SEPARACIÓN PAREJA DE HECHO SIN HIJOS EN COMÚN

La decisión de separaros puede ser de los dos o solo de uno.

Si estáis de acuerdo, no tenéis hijos en común ni tampoco bienes, para que se disuelva la unión solo hay que notificar la cancelación en el Registro correspondiente de la forma que os indiquen.

En caso de que sea una decisión unilateral, que no tengáis hijos en común y tampoco bienes, puedes notificar la cancelación en el Registro, aunque también debes comunicárselo a tu pareja de alguna de las formas admitidas en Derecho.

Ten presente que la forma de notificación de la separación de la pareja de hecho puede variar según la CC. AA. en la que residas.

SOMOS MÁS DE DOS: SEPARACIÓN PAREJA DE HECHO CON HIJOS

En una separación de pareja de hecho con hijos, se habla de medidas paternofiliales, que son las disposiciones que regulan la relación entre los padres y sus hijos menores después de la separación.

Estas medidas se recogen en el Convenio Regulador que te detallo a continuación.

convenio regulador

QUÉ INCLUYE EL CONVENIO REGULADOR

1. LA GUARDA Y CUSTODIA DE LOS HIJOS

La custodia puede corresponder a uno solo de los progenitores (custodia monoparental) o a ambos (custodia compartida).

2. RÉGIMEN DE VISITAS, COMUNICACIÓN Y ESTANCIA DEL CÓNYUGE QUE NO TENGA LA CUSTODIA

3. ASIGNACIÓN DEL USO DE LA VIVIENDA HABITUAL FAMILIAR

En caso de custodia monoparental, se suele atribuir al progenitor custodio con los hijos menores de la pareja.

4. PENSIÓN DE ALIMENTOS

La separación de tu pareja de hecho puede cambiar la economía de la familia que se separa. Para evitar que afecte a los menores se prevé esta pensión. Es la cantidad que deben abonar los progenitores para asegurar las necesidades básicas de sus hijos. En el convenio quedará reflejado qué progenitor la pagará, si lo deben hacer los dos, y la cuantía de la pensión.

Si llegas a un acuerdo con tu pareja, podéis redactar juntos un Convenio Regulador común con vuestros abogados y presentarlo en el Juzgado. En caso contrario, deberás acudir al Juzgado en un proceso contencioso en el que el juez tomará las decisiones que regularán los puntos antes detallados.

El interés del menor siempre estará por encima, como en el caso del divorcio.

Como ves, cuando hay hijos en común, la separación de una pareja de hecho es similar al divorcio en lo referente a los hijos.

ASPECTOS A TENER EN CUENTA SOBRE LOS HIJOS EN UNA SEPARACIÓN

La separación de pareja es una de las situaciones más estresantes para los adultos, en especial cuando hay hijos. Suele ser lo que más preocupa a los padres.

Por eso es importante saber qué:

  1. Los pequeños no cuentan con las herramientas para hacer frente a esta situación y se van a apoyar en los padres.
  2. Puedes marcar la pauta de este proceso desde el principio. Buscar la calma y la comprensión hará que los niños lo vivan en un clima más positivo.
  3. Es importante escoger el momento para decírselo, y desde ahí hacerles saber que es una decisión de los adultos, que no depende de ellos (por lo tanto no es culpa suya) y que su bienestar está por encima de todo.
  4. Lo ideal es que los dos estéis para ellos como siempre, con las limitaciones lógicas que impondrá la nueva situación.

Te enlazo un artículo en el que vas a encontrar mucha información sobre cómo hacer más fácil el proceso: Separación con hijos, ¿cómo actuar?

CÓMO GESTIONAR EL PATRIMONIO COMÚN EN UNA SEPARACIÓN DE PAREJA DE HECHO

Las parejas hecho no tienen un régimen económico que determine las normas sobre las relaciones económicas de la pareja. Cada uno tiene su patrimonio y está obligado por sus deudas.
Frente a una separación, el problema puede surgir cuando haya bienes en común. Por ejemplo, que el coche sea de los dos pero esté solo a nombre de uno.

Para evitar complicaciones, es recomendable llegar a acuerdos.

La pareja de hecho puede pactar libremente cómo será su relación económica, estableciendo cómo gestionar sus bienes propios, comunes, los rendimientos, las titularidades, etc. E inscribirlo en el Registro de Parejas de Hecho o ante notario.

Es decir, podréis pactar acuerdos para regular los efectos económicos y que se apliquen en caso de separación de la pareja de hecho. Para liquidar este “régimen económico” podéis hacerlo de mutuo acuerdo o por vía contenciosa.

Si no habéis pactado antes, podéis hacerlo después de la separación. Y en caso de no llegar a un acuerdo, quedará la opción de ejercitar acciones legales frente a la expareja para reclamar lo que consideres.

Para completar la información puedes consultar el siguiente artículo: Separación con hijos sin estar casados.

Tags :
Acuerdos económicos,Custodia y Coparentalidad

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